DIRECCION DE DERECHOS HUMANOS, MEDIACION Y CONCILIACION 

La Dirección de Derechos Humanos, Mediación y Conciliación le corresponde el ejercicio de las siguientes atribuciones y facultades:

  1. Promover y difundir la defensa de los Derechos Humanos, por sí o en colaboración con Instituciones públicas, privadas o sociales, mediante la capacitación de servidores públicos del ayuntamiento, con la finalidad de que todas sus actuaciones se realicen en el marco de la legalidad y respeto a la dignidad humana;
  2. Asistir a la autoridad Municipal cuando así lo requiera en los casos en que se considere necesario para vigilar el respeto de los Derechos Humanos en la actuación de la autoridad Municipal;
  3. Atender y proponer medidas conciliatorias respecto a las controversias y quejas que en materia de Derechos Humanos existan, entre los servidores públicos de la Administración Pública Municipal y los agraviados;
  4. Intervenir en asuntos que se hagan de su conocimiento por acciones u omisiones de los servidores públicos municipales que deriven en una presunta violación de los Derechos Humanos empleando los medios alternativos de solución de conflictos;
  5. Vigilar que en la resolución de los conflictos no se vulneren derechos fundamentales de las personas o la población, impulsando una cultura de paz, orden, legalidad, y una sana convivencia entre los habitantes del Municipio;
  6. Dar seguimiento y orientar respecto de las actuaciones que deban realizar los servidores públicos, dependencias o entidades de la Administración Pública Municipal en el ámbito de sus competencias, derivadas de quejas o recomendaciones sustanciadas por los Órganos Defensores de Derechos Humanos.
    Establecer y diseñar espacios de intercambio con la sociedad civil para el diseño, monitoreo y evaluación de políticas en materia de derechos humanos;
  1. Conciliar los asuntos vecinales de su adscripción en los conflictos que no sean constitutivos de delito, ni de la competencia de los órganos judiciales ni de otras autoridades, referidos a conductas relativas a una sana convivencia de los habitantes del municipio, pudiendo delegar esta atribución a los mediadores y/o conciliadores cuando así lo consideren pertinente;
  2. Canalizar a los ciudadanos ante las instancias que de acuerdo a sus atribuciones y competencia puedan conocer y dar seguimiento de los asuntos vecinales que se sometan al procedimiento de mediación y/o conciliación;
  3. Llevar el registro de los asuntos que ingresan a la Dirección, así como del estado que guarda cada uno de ellos;
  4. Establecer, coordinar las funciones y elaborar el programa de actividades de los mediadores-conciliadores y de todo el personal de la Dirección;
  5. Fijar las estrategias para evaluar las actuaciones de los mediadores- conciliadores, evaluación que se realizará de forma mensual;
  6. Establecer los mecanismos de difusión de la Dirección, en coadyuvancia con la Dirección de Comunicación Social;
  7. Realizar actividades académicas y de capacitación dirigidas al personal de la Dirección, así como participar en las actividades coordinadas o dirigidas por la Dirección;
  8. Expedir a petición de parte por escrito, constancia de hechos de las actuaciones que realicen durante los procedimientos de mediación, previo pago de derechos, efectuado ante la Tesorería Municipal;
  9. Remitir informe mensual detallado a quien ostente el cargo de titular de la Oficina del Abogado General del Ayuntamiento, sobre el estado que guardan los asuntos de su competencia; y,
  10. Las demás que le confieran otras normas jurídicas vigentes o que le sean delegadas por el Abogado General.


La Dirección de Derechos Humanos, Mediación y Conciliación para el desempeño de sus funciones contará con las Jefaturas de Departamento de Derechos Humanos y su difusión y, de Mediación y Conciliación. 


Titular:

LIC. ANA MARIA CEJA CALDERON 

 
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